Foto: https://cepamgye.org/
Por primera vez la Corte IDH decide sobre un caso de violencia sexual contra niñas y adolescentes en el ámbito educativo y crea estándares para protegerlas de abuso en toda la región.
El Centro de Derechos Reproductivos y el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer CEPAM-Guayaquil lograron que la Corte IDH condenara al Estado de Ecuador por no proteger a Paola Guzmán Albarracín de la violencia sexual que sufrió en un colegio público. Es un fallo histórico porque establece por primera vez estándares para prevenir que las niñas y adolescentes sufran la violencia sexual en
entornos educativos de toda América Latina y el Caribe.
Paola era una niña ecuatoriana acosada y abusada sexualmente por Bolívar Espín, el vicerrector del plantel al que asistía. La Corte IDH dio por probado que Paola vivió una situación continuada de abuso y violencia sexual por parte de un agente estatal que le generó un grave sufrimiento lo que le llevó a intentar suicidarse. Las autoridades educativas la dejaron morir pues, aunque se enteraron a tiempo para salvarla, decidieron no llevarla a un hospital ni avisarle a su familia.
Paola murió en el año 2002 y desde ese entonces su mamá, doña Petita Albarracín, ha buscado justicia. Esto dijo doña Petita al enterarse del fallo: “Se ha limpiado el nombre de mi hija, que fue culpabilizada de los hechos ante la justicia ecuatoriana. Ahora queda claro que mí Paola, fue víctima de un terrible abuso sexual que la llevó al suicidio. Ya los agresores no serán encubiertos nunca más ¡Por fin se hizo justicia para mi Paola!”
El tribunal regional concluyó que Ecuador no le garantizó a Paola los derechos a la vida, integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad, educación, y a vivir libre de violencia y discriminación. Así, por primera vez se deja claro que el derecho a la educación debe contemplar la educación sexual y reproductiva.